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Reforma Laboral – Principales Iniciativas

Todos hemos escuchado acerca de la Reforma Laboral aprobada recientemente en nuestro país, pero pocos saben qué es lo que ésta incluye. Aquí les traemos las iniciativas principales de la misma para que sepan en qué se pueden ver afectados y/o beneficiados ustedes como patrones o empleados.

A. ORDEN GENERAL.

1. Eliminar la connotación negativa del término «patrón», que remite a una relación de conflicto entre los directores de la empresa y los trabajadores, reemplazándola por el concepto actual de «empleador», que incluye tanto a las personas físicas como a las empresas, y que supone un vínculo cooperativo y de colaboración con los trabajadores y sus organizaciones sindicales en el seno de la empresa. Este concepto, asumido como criterio general de reforma en todo el articulado, ha sido también adoptado y promovido a nivel internacional por la Organización Internacional del Trabajo (OIT), de la que México es miembro desde su fundación.
2. Incorporar normas y preceptos que aseguren el equilibrio de los sectores productivos al momento de la aplicación de la ley, respetando, en todos los casos, los derechos de los trabajadores y de las organizaciones sindicales. Como muestra de lo anterior se establece la obligatoriedad de la capacitación tanto de empleadores como de trabajadores, la sanción a unos o a otros que incurran en actos de hostigamiento sexual, la posibilidad de que trabajadores y empleadores convengan la modificación de los días de descanso obligatorio, el señalamiento preciso de derechos y obligaciones de ambas partes cuando apliquen alguna de las nuevas modalidades de contratación, así como los nuevos criterios para ascensos en la empresa.
3. Fortalecer el respeto de los derechos laborales a través de diversas adecuaciones que precisan y clarifican la forma correcta de darles cumplimiento.
4. Proceder a una adecuación general de la Ley Federal del Trabajo con el fin de llenar lagunas, precisar normas, evitar contradicciones, incorporar definiciones, retirar referencias en desuso o fuera de la realidad, establecer nuevas denominaciones a casos específicos y realizar todo tipo de correcciones necesarias al articulado.

B. ORDEN ESPECÍFICO.

1. Respecto de las disposiciones generales. Se hacen precisiones a la norma legal que fortalecen y dan certidumbre a las relaciones laborales. Asimismo, se incorpora a la norma legal el respeto a la dignidad humana que en toda relación laboral debe ser reconocida. Se expresa en forma contundente, que no podrán establecerse condiciones que impliquen discriminación por ningún motivo, entre otras propuestas.
2. Se fortalece la capacitación y el adiestramiento en el trabajo.
3. Se fomenta la productividad mediante la instrumentación de incentivos para los trabajadores.
4. Se establecen nuevas modalidades de contratos con la regulación necesaria para asegurar la protección de los trabajadores, entre las que destacan, las disposiciones relativas a los contratos de prueba o aprendizaje.
5. Se incorporan ordenamientos contra la discriminación de grupos vulnerables.
6. Se fortalece la libertad sindical, la libre sindicalización, la democracia y el pluralismo sindicales.
7. Se establece la obligación de los sindicatos de registrarse ante la Secretaría de Trabajo y Previsión Social o ante las juntas de conciliación arbitraje, según sea el caso.
8. Se faculta a las autoridades para que tomen en cuenta las circunstancias particulares de contratación en los micros y pequeños centros de trabajo.
9. Se revisan la organización y funcionamiento de las autoridades del trabajo.
10. Se hacen diversas propuestas de orden procesal, entre las que destaca que en los litigios deberán intervenir aquellas personas que cuenten título profesional y cédula profesional legalmente expedidos.

Fuente: www.boletin-infomail.com

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